Trabajadores en relación de dependencia podrán solicitar el Subsidio Complementario de Emergencia al trabajo de $ 20.000
Los trabajadores en relación de dependencia de empresas privadas, registrados, radicados y con domicilio real en las localidades de Formosa y Clorinda, podrán percibir un Subsidio Complementario de Emergencia al Trabajo siempre y cuando se encuentren imposibilitados de concurrir a sus tareas habituales por estar comprendidos dentro de Actividades No Esenciales.

La medida nace en el artículo 2 del DNU Nº 63/21 del Poder Ejecutivo Provincial con el objetivo de atenuar los efectos de la emergencia sanitaria que se atraviesa por la pandemia del COVID-19 agravado con el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) que afecta el normal funcionamiento de la economía local, con la suspensión de la flexibilización de actividades no esenciales y la restricción a la circulación de personas.
El beneficio consiste en una ayuda a las empresas de las localidades de Formosa y Clorinda en situación de alarma epidemiológica y sanitaria afectadas con la medida obligatoria del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) y que sean empleadoras, el estado provincial pretende cubrir una parte del sueldo de sus dependientes, en la medida que estén caracterizadas como micro, pequeña o mediana empresa (MiPyMes), cumplan con los requisitos y presenten la documentación pertinente. El monto del subsidio consiste en el pago por única vez de una suma de dinero no reintegrable de $ 20.000 destinada a cada trabajador en nómina que cumpla con los siguientes requisitos:
Requisitos:
→ Haber percibido la ATP (Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción) correspondiente al mes de diciembre 2020, según la base de datos de ANSES.
→ Estar comprendida dentro de actividades “no esenciales”.
→ Tener domicilio real en la ciudades de Formosa o Clorinda.
→ Presentar las siguientes documentaciones: fotocopia del DNI (frente y dorso), último recibo de sueldo, constancia de CBU emitida por el banco, certificado de trabajo emitido por el empleador a la fecha y certificado de ATP.
Atención: el trámite lo debe realizar el empleador, únicamente vía online al correo electrónico de la Subsecretaría de Desarrollo Económico y adjuntando la documentación relativa al empleador y al trabajador dependiente, firmada, escaneada y en formato pdf.
Procedimiento: La empresa MiPyMe solicitante del beneficio, deberá enviar una nota al Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas adjuntando: Constancia de Inscripción ante AFIP; Constancia de Inscripción ante la DGR de la Provincia de Formosa; Certificado de Habilitación Municipal del local comercial; ultima DDJJ S.U.S.S. - F-931 AFIP y nómina del personal indicando los números de CBU de las cuentas sueldos de cada trabajador en la que se solicita acreditar el beneficio, el solicitante deberá aceptar las inspecciones y brindar los informes que oportunamente se le soliciten y conocer que el incumplimiento de cualquiera de las condiciones pactadas podrá dar lugar a que la Provincia de Formosa aplique las sanciones que pudieran corresponder y/o la baja del programa.
Una vez que el organismo de contralor recibe la solicitud y la analiza, comunicará al solicitante si el beneficio ha sido otorgado, es decir, es un trámite sujeto a análisis y acreditado directamente en la CBU del trabajador a cuenta del pago de las remuneraciones o la asignación en dinero prevista en el art. 223 bis de la LCT.
Por Analía Álvarez para El Comercial