Un gobierno en busca de la suma del poder público
El Poder Ejecutivo Nacional parece pretender que el Congreso apruebe lo que en la práctica equivaldría a un “cheque en blanco”.

Dicen que una de las formas de la insensatez consiste en repetir un mismo comportamiento esperando obtener resultados diferentes. En las últimas horas, el Gobierno nacional ha vuelto a reiterar las mismas recetas que se han probado ineficientes.
En primer término, insiste con un programa de restricciones a las libertades individuales de circular, trabajar, ejercer el comercio y enseñar y aprender. Inspirado en el noble propósito de buscar “cuidar” a los argentinos de los estragos de la pandemia de COVID-19, ha vuelto a imponer un cronograma de encierro. Al hacerlo, parece inmune a su propia experiencia. La cuarentena más larga del mundo no ha conseguido evitar que la Argentina sea uno de los países con más cantidad de muertos por millón de habitantes en todo el mundo.
Acaso como consecuencia de una proverbial incapacidad para aprender de los errores del pasado, se insiste con una fórmula que nos ha llevado a tener una caída de diez puntos en el PBI -una cifra que duplica a la de la mayoría de nuestros vecinos de la región- y que ha incrementado la tasa de pobreza hasta alcanzar la inadmisible cifra del 42% de la población.
En tanto, el Poder Ejecutivo Nacional ha venido actuando desde marzo de 2020 mediante el dictado sucesivo de una serie de Decretos de Necesidad y Urgencia. El abuso de estos instrumentos de emergencia se ha hecho a pesar de que el Congreso de la Nación ha estado sesionando de manera regular.
Pero esta vez el Gobierno ha introducido una nueva variante. El último día de abril, el Presidente de la Nación anunció que buscará obtener del Congreso de la Nación una delegación de facultades extraordinarias con motivo de la emergencia sanitaria. El PEN parece pretender que el Congreso apruebe librar al Gobierno lo que en la práctica equivaldría a un “cheque en blanco”.
Una autorización de esa naturaleza implica otorgar a quien la solicita la suma del poder público. La propia Constitución así lo prescribe en su artículo 29: “El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”.
Razones históricas llevaron al Constituyente a establecer una prohibición tan tajante. La Constitución Nacional sancionada en 1853 receptó la experiencia histórica inmediata anterior. La larga dictadura de más de veinte años de Juan Manuel de Rosas. No corresponde aquí hacer disquisiciones sobre la figura histórica de Rosas. Lo cierto es que en 1835, la Legislatura de Buenos Aires le había entregado “facultades extraordinarias y la suma del poder público” convirtiendo a su gobernador en el amo absoluto de su destino.
La batalla de Caseros (3 de febrero de 1852) fue seguida por la caída de la tiranía de Rosas y las provincias del interior acordaron la sanción de una Constitución Nacional, que no es otra cosa que un pacto entre provincias con el fin de establecer una serie de limitaciones del poder para evitar el surgimiento de una nueva dictadura.
Por ello, el citado artículo 29 impide otorgar facultades extraordinarias que impliquen la suma del poder en una sola persona, extremo al que parece aspirar el Jefe de Estado. A su vez, el artículo 76 de la Constitución dispone: “Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca. Lla caducidad resultante del transcurso del plazo previsto en el párrafo anterior no importará revisión de las relaciones jurídicas nacidas al amparo de las normas dictadas en consecuencia de la delegación legislativa”.
Nuestra historia está plagada de ejemplos en los que distintos gobiernos han adoptado medidas dejando de lado el principio de legalidad y razonabilidad con motivos de Emergencia. Pero un verdadero abuso de la Emergencia se ha transformado en una triste avenida a la decadencia.
En las últimas semanas, hemos asistido a graves violaciones a los derechos constitucionales por parte de autoridades que con el pretexto de actuar en defensa de la salubridad se han colocado a sí mismas al margen de la ley y del sentido común. Así pudimos ver cómo las fuerzas de seguridad de la que es la provincia más grande del país han sido empleadas para fines ajenos a su función complicando la existencia a los ciudadanos de bien.
Patético es tener que recordar algunas obviedades. La policía está para prevenir, cuidar y reprimir el delito y no para alterar gratuitamente la vida a los argentinos en su derecho a circular, trabajar o ejercer un culto religioso. Situaciones de esta naturaleza se han visto en las últimas horas en la Provincia de Buenos Aires y en el resto del país.
La solución a la tragedia sanitaria que atravesamos pasa por conseguir vacunas, distribuirlas conforme a criterios objetivos -sin vacunatorios VIP para amigos del poder- y a través de un alivio fiscal para los trabajadores y empresarios afectados por la persistente depresión económica agravada por la pandemia. En materia institucional, requiere afirmar el cumplimiento estricto de la legalidad y el respeto por los derechos de los ciudadanos. Probemos con cumplir la Constitución.
Por Juan Carlos Romero