Denunciaron incumplimiento judicial de Insfrán y piden que se ordene a Gendarmería garantizar la ejecución del fallo
El senador Luis Naidenoff y Martín Hernández, denunciaron ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, el incumplimiento del fallo judicial que ordena el cese inmediato del aislamiento para las personas que no sean casos positivos, contactos estrechos o sospechosos, y pidieron que se haga cumplir el fallo ordenando a Gendarmería Nacional y/o a las Fuerzas de seguridad nacionales, que se constituyan en los Centros de Aislamiento existentes en la Provincia de Formosa, y verifiquen la existencia de personas cumpliendo aislamiento por ingreso a la provincia contando con PCR Negativo, procediendo a ponerlos en libertad.

El escrito está acompañado por el equipo jurídico que viene logrando fallos claves en estos últimos días, la Dra. Agostina Villaggi, el Dr. Juan Sebastián Montoya y la Dra. Emilia Maciel; y constituye un paso más en búsqueda de que la provincia deje de lado la conducta de desobedecer el fallo de la justicia que resulta muy claro, y del DNU 168 que establece la libertad de circulación por el territorio nacional.
“Insfrán está entrando en una fase peligrosa” advirtió Hernández, “hace caso omiso a los fallos de la justicia federal y desafía un DNU del gobierno nacional; está muy mal acostumbrado a hacer o que quiere, no entiende cómo actuar ante una justicia que no se arrodilla”.
La situación de incumplimiento es grave, nadie discute que la provincia tenga derecho para recurrir, y lo puede hacer, lo que no puede hacer, es mantener a la gente privada de su libertad cuando por el fallo y por la vigencia del DNU 168 deben recuperar su libertad ambulatoria, con PCR negativo en mano, y es lo que está pasando, muchas personas nos están llamando y mandando mensajes, están encerrados, con trato carcelario; esto no es aislamiento sanitario, esto es ensañamiento.
La ley de habeas corpus es muy clara sobre los efectos de un recurso de apelación, y es contundente, cuando está en discusión la libertad de las personas, los recursos no suspenden los efectos del fallo; (Ley 23.098, art.19).
La Justicia Federal tiene mecanismos para hacer cumplir sus fallos, y su autoridad no puede ser atropellada por el capricho, acá está en discusión la garantía de los derechos y el sistema republicano, los fallos deben ser cumplidos.