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García-Mansilla evalúa su futuro en la Corte en medio de las críticas de Lorenzetti y la presión del Gobierno

Luego de que el Senado rechazara su pliego, el juez Ramos Padilla le impidió intervenir en las causas en trámite. El magistrado había jurado como miembro del máximo tribunal a fines de febrero, tras ser nombrado por decreto por el presidente Javier Milei.

En las últimas horas la situación de Manuel García-Mansilla como integrante de la Corte Suprema de la Nación quedo comprometida. Luego de que en la noche del jueves el Senado rechazara su pliego, al igual que el de Ariel Lijo, quedó impedido de intervenir en las causas que ya están en trámite en el máximo tribunal, de acuerdo a un fallo del juez Alejo Ramos Padilla.

  
 
El Gobierno, que impulsó su nombramiento, ahora presiona para que continúe en su cargo: García-Mansilla juró el 27 de febrero luego de un DNU del presidente Javier Milei. No obstante, este viernes Ricardo Lorenzetti lo cuestionó con dureza: "Yo nunca aceptaría ser designado por decreto", dijo el ministro de la Corte Suprema.

"El Senado opinó y eso es respetable -advirtió Lorenzetti-. Si uno analiza lo que se discutió ayer (en el Congreso), se habló más del decreto que de los candidatos. Si uno suprime mentalmente el decreto, la situación de los candidatos (por García-Mansilla y Lijo) hubiera sido distinta".

Ante este escenario -el rechazo del Senado, el fallo de Ramos Padilla, las críticas de Lorenzetti y el respaldo del Gobierno-, García-Mansilla evalúa por estas horas su futuro en la Corte Suprema. Y en los pasillos de Tribunales no descartan una eventual renuncia.

Fuentes cercanas al juez nombrado en comisión por Milei aseguraron a TN que García-Mansilla "quiere validar su estatus, dado el juramento que le tomaron y la votación del Senado". Por esa razón espera el respaldo de sus colegas, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, aun cuando ya sabe que no cuenta con el de Lorenzetti.

Lo cierto es que la Corte Suprema no tiene función consultiva, es decir, no hay ningún mecanismo institucional previsto para que el máximo tribunal emita una opinión sobre este caso. Sobre todo, cuando hay una causa iniciada como la que lleva adelante el juez federal Alejo Ramos Padilla, que analiza la inconstitucionalidad de los dos nombramientos en comisión.

Si García-Mansilla decide apelar el fallo de Ramos Padilla, la causa podría llegar a la Corte para una decisión final y es por eso que los jueces no pueden dar ninguna opinión por fuera de un expediente puntual.

Frente a ese panorama, García-Mansilla debe decidir si declina la renuncia y se posiciona con la versión del Gobierno, que sostiene que el académico puede permanecer como integrante de la Corte Suprema hasta el final del actual período legislativo.

El fallo de Ramos Padilla que le impide a García-Mansilla firmar sentencias en la Corte
En su fallo, Ramos Padilla sostuvo que la decisión del Senado cuestiona la legitimidad de García-Mansilla en su cargo en la Corte, por lo tanto, que todos los actos a los que suscriba como juez de la Corte "podrían ser considerados ilegítimos, nulos o incluso inexistentes, dañando la seguridad jurídica. En definitiva, el dictado de sentencias, que luego podrían ser declaradas inválidas, podría resquebrajar el sistema judicial".

El juez desestimó los argumentos de García-Mansilla en cuanto sostuvo que solo puede ser removido a través de un juicio político de su cargo y explicó que "lo que aquí se discute no es la remoción de un juez por otro juez, sino la legitimidad, constitucionalidad y alcances de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional".

"Este caso no se trata de un juez que remueve a otro, sino de un juez que ejercita su función de controlar la constitucionalidad de un acto del Poder Ejecutivo. Es incongruente presentar este control como un conflicto de competencias entre los tribunales, el Presidente o el Congreso", advirtió al respecto Ramos Padilla.

"Por tratarse de un mecanismo que busca evadir la falta de acuerdo del Senado y forzar con los hechos la designación de las personas propuestas, el decreto 137/2025 produjo una afectación de la división de poderes, de la independencia e imparcialidad judicial y, en síntesis, del debido proceso constitucional", destacó el fallo.