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freno institucional

Qué debería pasar, según la Constitución, para que se ordene una intervención federal en Formosa

Los hechos acumulados en las últimas semanas volvieron a colocar al gobierno de Gildo Insfrán en el centro de las críticas. Elisa Carrió pidió a través de sus legisladores que se ponga un freno institucional. La opinión de los constitucionalistas y los antecedentes en la Argentina

“La situación consiste en una violación sistemática por parte del poder provincial en ejercicio de derechos y garantías resguardados por la Constitución federal, afectando ineludiblemente la vida republicana en sus principios fundamentales”. Este argumento fue el fundamento con el que el presidente Néstor Kirchner envió su proyecto al Congreso, aprobado en horas. Corría el año 2004 cuando fue aprobada la ley 25.881 que disponía la intervención federal de la provincia de Santiago del Estero. De forma inmediata caducaron los mandatos de todos los miembros del Poder Ejecutivo y Legislativo provincial y se declaró en comisión a todo el Poder Judicial. Así se puso punto final al eterno juarizmo.

En las últimas semanas la provincia de Formosa ha sido noticia por varias situaciones que, gracias a las nuevas tecnologías de comunicación, han sido imposible de ocultar: el manejo de la pandemia del COVID-19 a nivel provincial dista demasiado de los estándares de respeto por los derechos y garantías individuales resguardados por la Constitución. Hace unos meses ya había sido noticia la enorme cantidad de ciudadanos formoseños impedidos de ingresar a la provincia y frenados en la frontera. Ahora fue noticia las privaciones de libertad en establecimientos escolares de ciudadanos a pesar de haber dado negativo en los tests de COVID-19. Y si hubieran dado positivo, tampoco era el lugar ni la forma. Por si faltara algo, sobre el final de la semana se conoció la detención de las concejalas Gabriela Neme y Celeste Ruiz Díaz, quienes habían denunciado a Gildo Insfrán por las condiciones inhumanas en los centros de aislamiento.

En ese sentido, algunos legisladores y figuras políticas -entre ellos, la ex diputada Elisa Carrió- comenzaron a reclamar la intervención federal. Y aquí surgen dos preguntas: qué hace falta para intervenir una provincia y por qué Formosa sí y el resto de las provincias donde se denunciaron violaciones a derechos, no.

 
 
 
En su artículo 6º, la Constitución Nacional determina que el Gobierno federal “interviene en el territorio de las provincias para garantir la forma republicana de gobierno, o repeler invasiones exteriores, y a requisición de sus autoridades constituidas para sostenerlas o reestablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la sedición, o por invasión de otra provincia”. Pero para que ello ocurra hay que llevar adelante un procedimiento que, en lo administrativo, parece sencillo pero que en la realidad es complejo por la cantidad de personas e intereses políticos que intervienen.

“La intervención la dicta el Congreso”, explica a Infobae el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien aclara que “el Presidente puede decretarla si el Congreso está en receso, pero debe ser refrendada por el Poder Legislativo”. En ese punto puede complicarse en cuanto a consensos, pero “para aprobar la ley de intervención no hace falta una mayoría agravada”, explica Gil Domínguez.

Hace un par de décadas, el destacado constitucionalista Miguel Ángel Ekmekdjian definió a la intervención federal como “un acto complejo, de naturaleza política, emanado del gobierno federal, por el cual se limita o suspende temporariamente y en forma coactiva la autonomía provincial”. Asimismo, el otro gran constitucionalista de la doctrina argentina, Germán Bidart Campos, remarcaba que la intervención “es el recurso extremo y el remedio tal vez más duro que se depara como garantía federal”.

Es así que el abogado constitucionalista Daniel Sabsay en diálogo con Infobae recordó que la intervención federal es una herramienta para “reestablecer la forma republicana de gobierno” en una provincia y señaló que, en relación al artículo 6º de la Constitución Nacional, “la vigencia de derechos y garantías es la base de la República”. Asimismo, el doctor Sabsay remarcó que desde la reforma constitucional de 1994, sí o sí tiene que pasar por el Congreso, por lo cual la única intervención que se dio por ley desde entonces fue la de la provincia de Santiago del Estero. Infobae