“Me llegó una citación por supuesta violación al artículo 205 del Código Penal, ¿qué hago”

Juan Antonio del Río, abogado del foro local, explicó cómo deben proceder las personas que reciban una citación de la justicia por supuesta violación el Artículo 205 del Código Penal que refiere a la infracción de las medidas que rigen durante la pandemia.
Del Río indicó que lo primero que debe hacer la persona es verificar si no hay un pedido de captura y contactar a un abogado o hacerse valer de los defensores que brinda el Estado para resguardar su libre circulación.
En ese marco, explicó que “la infracción al artículo 205 contempla tres años de prisión pero que pueden realizarse tareas comunitarias, una probation o el pago de un cierto monto de dinero”.
El abogado advirtió que es clave ver cómo está realizado el procedimiento policial: “Por lo general el acta estaba hecho sin el testigo, y hay falencias que posibilitan verificar el acta, se plantea la nulidad y se extingue la acción penal”.
“Si se logra el sobreseimiento, se solicita después que se levante del sistema esa causal y proceso al que fue sometido la persona para que no le queden antecedentes”, cerró.
(Fuente: Radio Uno Formosa)